Aunque no lo parezca, las bicicletas tienen velocidad máxima en ciudad y en carruaje: así son las multitudes


En España, y por normas generales, las frases del «Tour de France» son sinónimo de siesta. Pero es muy probable que, como el nuestro, y justo antes del parking, hayan visto a alguno de estos profesionales cubrir un descenso de montaña a una velocidad de 90 km/h. ¿podemos hacer lo mismo en nuestras carreteras?


Por lo general, estamos atrapados en los límites de velocidad de los conductores. Mucho se ha escrito sobre las multitudes que podemos leer si pasamos el límite de velocidad, sobre todo ahora que todos los vagones secundarios están limitados a 90 km/h, se ha eliminado la posibilidad de superioridad a 20 km/h en este tope durante las aventuras. .

Pero muchas menos veces prestamos atención a las bicicletas. Qué la velocidad puede ser circular como un ciclista? ¿Se aplican las diferentes normas a los conductores y automovilistas? ¿Y si no cuantos centímetros?

Velocidad máxima en poblado

Lo primero que tienes que hacer es que, por lo general, una bicicleta tiene más espacio que cualquier vehículo motorizado. Hecho, en Llano, hay que estar fuerte en forma física para subir velocidades de 30 km/h sin necesidad de tener una bicicleta con pedaleo asistido.

Además, estas bicicletas eléctricas están limitadas asistencia a 25 km/h. Es necesario, si es necesario, que el mercado coja al ciclista dando los primeros pedales y, llegado el límite, el motor eléctrico debe aumentar su potencia. La idea es eliminar la posibilidad de tener en nuestros carriles bici que puedan circular hasta 60 km/h, que son consideradas motos de camuflaje. En estos casos, estos vehículos tienen que cumplir con matrícula, asegurarse de que pasa la ITV.

Es decir, vayamos o no en una eiciclica, en poblado los límites máximos de velocidad son los mismos que para cualquier otro vehículo. Son, y han quedado definidos definitivamente con los últimos cambios, sus siguientes:

  • 20 km/h en vias que dispondrán de plataforma unica de calzada y acera.
  • 30 km/h a través de un solo vagón de circulación.
  • 50 km/h en dos o más carriles para sensación de circulación.

Así lo sabemos en el artículo 50 del Reglamento General de Circulación, no establece ningún tipo de excepción para el uso de un vehículo en la norma.

A 45 km/h… con una excepción

Hace algunos años, en el artículo 48 del mismo Reglamento General de Circulación, se tomó la normativa específica que limita el débito al circular por un diario en vivo.

En este caso, el límite para bicicletas es 45 km/h, salvo una excepción: que las circunstancias de la vía permitan circular a una velocidad mayor. Así, en el artículo 48. e) podemos leer lo siguiente:

Para bicicletas, ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros: 45 kilómetros por hora. No obstante, los ciclistas pueden superponer la velocidad máxima a aquellos tranvías en los que las condiciones de vida permitan desarrollar una velocidad superior.

Habitualmente se hace referencia a que estos «circuitos de vida» que «permiten desarrollar una velocidad superior» se denominan descensos, pero las Reglas Generales de Circulación no especifican este detalle. Para que ciclista velocidad hasta 45 km / haunque en aras de ser muy formal y, además, hay multitud de velocidades y un agente de tráfico no tiene la misma consideración por los “circuitos de la vida”.

Donde se hace referencia a las bajadas es en la Circulación Vial, Circulación de Vehículos Moto y Seguridad Vial. En su artículo 17 dice lo siguiente:

El ciclista puede superponer regularmente a estos vehículos la velocidad máxima en aquellos tranvías en los que las condiciones de vida permitan una velocidad superior, que puede incluirse incluyendo la parte derecha de la pantorrilla que se necesita únicamente.

Nuevamente, los descensos sólo están destinados a permitir al ciclista ocupar el parte derecha de la calzada cuando estos se producen, prolongan y curvan, pero la posibilidad de superar este límite no se limita a que el ciclista esté consiguiendo un buen resultado.

Por ello, las normas especifican que un ciclista tiene los mismos límites dentro de la pala que un vehículo a motor y que, circulando por el mismo, puede circular circularmente por el arceno a una velocidad máxima de 45 km/h, salvo cuando «los circuitos de la via «permit or aconsejen desarrollar velocidades superiores. Esto, por supuesto, tiene la jugosidad de las autoridades cuando se trata de estas excepciones.

Las muchas posibilidades

Muchos economistas son los que contratan a un ciclista, lo mismo que los conductores de un autocar o un automovilista. Sin vergüenza, los puntos perjudiciales de la carnicería para conducirse y los límites máximos de velocidad se han excedido hasta este punto. Por lo tanto, las posibilidades de lanzar velocidades tan altas como para alimentar su hogar son anecdóticas.

Dentro del cargador, los múltiplos por exceso de velocidad tienen una cuantía de 100 euros y sus límites son los siguientes:

  • Calle limitada a 20 km/h: hasta 100 euros hasta 40 km/h.
  • Calle limitada a 30 km/h: hasta 100 euros hasta 50 km/h.
  • Calle limitada a 50 km/h: más de 100 euros hasta 70 km/h.

En el caso de la conducción en papel, los límites que superan los 45 km/h y la vida útil del vehículo no concuerdan con los límites de velocidad principales y, por tanto, los muchos pueden ser entre 100 y 300 euros en funcionamiento de la velocidad acelerada. No ponemos los límites en cada caso la DGT puede marcar un límite de 45 km/h en sus coches, para los que no hay cifras claramente definidas.

Si sabemos que, en el caso genérico de los vagones, el primer tranvía económico (100 euros) está por encima del límite de velocidad permitido a 20 km/h y el segundo (300 euros) acelera hasta los 30 km/h. Como parte de este tranvía, por cada 10 km/h de más que se aumente la velocidad, el importe de la multivelocidad se incrementa a 100 euros.

Foto | Krissara Lertnimanorladee



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