Súmale a eso las aerolíneas contra las aerolíneas, ya que ahora están recibiendo las indemnizaciones | Compañías

La Agencia de Seguridad del Estado (Aesa) es mayor de edad. De acuerdo con la orden de 14 de marzo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, las resoluciones que todas las reclamaciones formuladas por los pasajeros se remitirán a los pasajeros de las líneas aéreas.

El nuevo procedimiento, que comienza a aplicar mi desesperanza que Aesa se acredite como “resolución alternativa de litigios”, elimina la necesidad de demandar en sede judicial para exigir una indemnización.

La orden simplifica las reclamaciones a los pasajeros que sufran cancelaciones, denegaciones por vergüenza o retrasos importantes, entre otras posibles vulneraciones del Reglamento Europeo 261/2004, que protege los derechos de los pasajeros de las aerolíneas.


Cómo es hasta ahora y qué va a cambiar

Hasta ahora, los pasajeros que corren a Aesa para crear lesiones en la espalda (y si la aerolínea no responde al vuelo) reciben de la agencia un informante no ganador. Cuando las aerolíneas deciden devolver información a cambio, los pasajeros tienen que pedir una decisión judicial que corresponda a la indemnización.

Con el cambio introducido de ser necesario: si la «decisión motivada» de Aesa es a favor del pasajero, la compañía aérea tenderá a cumplir con la indemnización que corresponda.

Cuando el cambio es efectivo

La duda es si se acreditará a Aesa como «entidad contenciosa alternativa», mientras no se produzca se seguirá el procedimiento real.

En su página web, Aesa comunica que el organismo que debe acreditarse es el Ministerio de Transportes. A través de una consulta sobre el correo electrónico, desde su Departamento de Comunicación responde: “Se está trabajando en la adecuación de los sistemas de información que permitan la transmisión electrónica de altos volúmenes de descargos de responsabilidad por la pérdida de seres humanos”.

Lo que no está claro es cuánto costará adaptarse. Según su disposición adicional primera, «los medios incorporados en esta orden no estarán sujetos a aumento del número de citas previas al juicio, ni de dotaciones o reembolsos a otros invitados del personal».

A qué vuelos se refiere la norma

Según Anxo García Ferreiro, Abogado Especialista en Derecho Aeronáutico, la norma se establece para todos los vuelos de líneas aéreas europeas (incluidos los relacionados con las aeronaves de la Unión Europea), y para todos los vuelos interiores de la Unión Europea, incluida la Unión Europea de Aerolíneas.

Para García Ferreiro, es previsible que aumente el número de denuncias, ahora que la decisión de Aesa tiene poder de victoria para las aerolíneas. A su juicio, también significa que Aesa está adoptando un procedimiento más riguroso, que tiende a dificultar el trabajo que ya se está realizando en los juzgados.

“La legislación europea es una de las más restrictivas que tiene que ver con las compañías aéreas, en otros países diez años que permiten que la retirada sea de un día, en Europa alcanza con pocas horas para saber si indemnizar o no”, terninger.

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