Motoconchistas crean paradas hasta encima de isletas

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motoristas crean rutas
sin control donde mejor les resulte
Isletas y retornos de vehículos son algunos de los puntos escogidos por los motoconchistas para improvisar paradas, en violación a la ley y poniendo en riesgo sus vidas y las de los demás .

Son muchos los lugares que utilizan los motoconchistas para esperar por un pasajero sin importar que ponen en riesgo sus vidas y la de los demás, además de faltar de forma grave a la ley de tránsito.

En un recorrido por varios puntos de la ciudad se comprobó cómo estos ciudadanos del concho aprovechan cualquier espacio que sobre en las vías, para hacer una especie de control de ese medio de transporte y esperar por la persona que necesite de sus servicios.

Motoconchistas hacen turno en isleta de la avenida 27 de Febrero.

Desde encima de isletas hasta en los retornos de vehículos debajo de los elevados se estacionan los motoconchistas para tales fines.
Esto se pudo observar específicamente en la isleta de la avenida Gregorio Luperón con Gustavo Mejía Ricart, en la Leopoldo Navarro con San Martín y en la 27 de Febrero con Leopoldo Navarro, justo debajo del elevado.

Este tipo de acciones están prohibidas por la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y define el lugar propicio destinado como parada de pasajeros.

La legislación define como parada de pasajeros aquel lugar identificado mediante señal horizontal y vertical donde los vehículos de transporte público se detienen para dejar o recoger pasajeros.

Varios motoristas colocados en paso retorno de Leopoldo Navarro con 27 de Febrero.

Dicen se deterioran en esas zonas

Ciudadanos consultados por elCaribe dijeron que ese tipo de acciones deteriora las isletas destinadas para separar la dirección del tránsito y en la que también existe un área verde.

“Todo el mundo sabe que los motoristas son los dueños de la calle y nadie puede decir nada. Solo hay que verlos como se comportan. Esto parece una selva sin control”, comentó una ciudadana.

Otros comentaron que no debe sorprender el hecho de que estos coloquen su parada de motoconcho en cualquier lugar, al explicar que siempre han dado muestra de irrespeto cuando de forma frecuente circulan por encima de las aceras para esquivar un tapón.

“En este país se ha hecho costumbre y vemos hasta normal que un motoconcho transite por una zona destinada para el peatón. Esto da vergüenza, esos individuos tienen pase libre para pararse y subirse donde quiera sin castigo alguno.”, dijo Ramón Báez, un ciudadano que reside en Las Praderas.

Un par de motoristas obstaculizan retorno debajo del elevado de la 27 de Febrero.jr

¿Dónde no estacionarse?

La ley de tránsito explica más de 20 lugares que están prohibidos para aparcar, entre ellos las isletas, sobre aceras, dentro de un cruce de calles o carreteras, en una distancia de cinco metros de una boca de incendio o hidrante, sobre un paso de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de los mismos, dentro de una distancia de diez metros antes y después de un semáforo de tiempo fijo o de luz intermitente, en los túneles,
puentes, pasos a desnivel, cuestas, curvas de las vías, a más de 30 centímetros del borde de la acera o contén, en lugares prohibidos por señales de tráfico, en sentido contrario a la vía, así como en cualquier vía pública, cuando tal estacionamiento se realice para el negocio de venta, anuncio, demostración, reparación o arrendamiento de vehículos, entre otros.

Además, en esta norma se establece a quiénes no aplicarían estas medidas de tránsito.

En el artículo 237, de forma precisa dice en el párrafo tres, que no se aplicará al conductor de un vehículo que sufra una avería y que sea obligatorio repararlo en el pavimento o calzada de una vía pública desprovista de paseos, siempre y cuando tal operación se pueda hacer en el plazo de una hora y cuando el vehículo no se encuentre en un puente, túnel, estructura elevada o intersección. La legislación indica que en ese caso deberá ser removido de forma inmediata con la asistencia de la autoridad competente.



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