Aceptar las cookies no debe ser obligatorio para mostrar contenido de una web: la Unión Europea puntualiza sus reglas

Los rastreadores de contenido, también conocidos como cookies, ayudan a los anunciantes a conocer mejor los gustos y preferencias de los usuarios de Internet para así ofrecerles anuncios más personalizados. Sin embargo no están exentos de polémica por la invasión en la privacidad del usuarios que pueden llegar a hacer. Ahora la Unión Europea, donde es obligatorio avisar del uso de cookies, ha aclarado algunos puntos extra sobre su regulación.


European Data Protection Board ha publicado las pautas a seguir para para reguladores (y desarrolladores web) a la hora de aplicar la Regulación 2016/679 en referencia al uso de cookies y consentimiento por parte de los usuarios. Concretamente, ha actualizado dos puntos algo ambiguos, uno sobre obligar a los usuarios a aceptar cookies para ver el contenido y el otro sobre qué gestos pueden aceptarse como consentimiento.

The Guardian Ejemplo de aviso de cookies en The Guardian.

No se podrá ocultar información detrás de un «muro de cookies»

El primero de los cambios y probablemente el más relevante de todos tiene que ver con la obligatoriedad de consentimiento de piden algunas webs para mostrar su contenido. En algunos casos, si no se aceptan las cookies la web avisa de que no puede mostrar la información al usuario. Esto es algo que según las pautas de la Unión Europea las webs no deben hacer.

En el apartado de ‘Conditionality’ de las pautas, en los párrafos 38-41 aclaran este punto indicando que el obligar al usuario a aceptar las cookies para ver un contenido gratuito significa ponerle un condicional y por lo tanto no es libre elección del usuario aceptar o no las cookies de la web. En otras palabras, si el usuario sólo puede ver la información de la web aceptando las cookies se le está induciendo a aceptarlas aunque no quiera.

Hacer scroll u otros gestos no significa aceptar las cookies

Otra técnica utilizada por páginas webs para obtener el consentimiento de los usuarios en el uso de cookies tiene que ver con usar gestos. Es decir, poner en el aviso de cookies de la web que haciendo scroll por la web o algún gesto como deslizar a un lateral es sinónimo de aceptar las cookies.

Cookies

En el apartado de ‘Unambiguous indication of wishes’ en el párrafo 86 del documento de la UE aclara que esto tampoco está permitido. Que «bajo ninguna circunstancia satisface los requisitos de una clara y afirmativa acción». Se trata de gestos ambiguos que el usuario puede hacer para navegar simplemente por la web y no son exclusivos para aceptar las cookies, por lo que no se pueden usar para ello.

Con estas dos principales aclaraciones los reguladores de cada país de la UE podrán tener más claro cuándo una web está quebrantando las normas o no. Y en cierto modo, también es una advertencia a páginas web sobre el uso de técnicas dark pattern para recopilar información. Algo que podría conllevar acciones legales.

Las cookies sin embargo llevan unos años perdiendo fuerza. Google las va a eliminar de su navegador si son de terceros, Safari de macOS mezcla los datos de varios usuarios para hacer que sea prácticamente inútil recopilarlos y hasta la propia Comisión Europea ha reconocido que los avisos de cookies no sirven de mucho.

Vía | TechCrunch
Más información | EDPB


La noticia

Aceptar las cookies no debe ser obligatorio para mostrar contenido de una web: la Unión Europea puntualiza sus reglas

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Cristian Rus

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