JCE dice en el exterior solo votarán los que se empadronaron

JCE dice en el exterior solo votarán los que se empadronaron


El Pleno de la JCE afirmó que en los colegios del exterior solo podrán votar aquellos ciudadanos que se hayan empadronado para hacerlo, y que los mismos no podrán votar en los colegios electorales ubicados en el territorio nacional.

Mediante una resolución, que en la página 11 se publica de forma íntegra en este diario, la JCE dice que dicho criterio legal fue asumido por el organismo electoral “de pleno derecho”.

En la misma resolución el Pleno de la JCE señala que la lista contentiva del Registro de Electores Residentes en el Exterior cerró definitivamente el 19 de octubre de 2019 con un total general de 595,879 electores inscritos el 17 de enero de 2020 y que dicha lista fue entregada a todos los partido el 6 de abril de 2020.

Sostuvo que conforme establece la Ley 15-19, todos los ciudadanos residentes en el exterior tienen el derecho de solicitar voluntariamente, y en tiempo oportuno, su inscripción en el Registro de Electores Residentes en el Exterior, en la OPREE correspondiente, así como en cualquiera de las oficinas de la JCE en la República Dominicana o en los operativos móviles que ésta haya autorizado en puertos o aeropuertos.

En su comunicado, el Pleno citó los requisitos para ejercer el derecho de votar en el exterior que son tener su cédula de identidad y electoral; estar incluido en el Registro de Electores Residentes en el Exterior (Padrón del Exterior); estar en condiciones de ejercer sus derechos civiles y políticos conforme la Constitución y las legislaciones nacionales y no encontrarse dentro de las inhabilidades previstas por la Constitución y las leyes.

Saldrán inhabilitados en padrón RD

El Pleno aclaró que “por aplicación de lo establecido en el Párrafo II del Artículo 116, de la Ley de Régimen Electoral Núm.15-19, los electores que se hayan empadronado en el exterior figuran como inhabilitados por empadronamiento en el exterior en la Lista Definitiva de Electores a ser utilizada en el territorio dominicano, para las próximas elecciones Presidenciales y Congresuales, del 5 de julio, en los respectivos colegios electorales que figuren en sus cédulas”.

Precisó que esa situación fue explicada ampliamente a los presidentes, secretarios generales y delegados de las organizaciones políticas, durante la presentación del calendario de actividades administrativas y de plazos legales que fue puesto en circulación por la Junta Central Eelectoral el 18 de septiembre del año 2018, momento a partir del cual se declararon oficialmente abiertos los trabajos organizativos de las elecciones del año 2020.

No halló irreglaridades en el padrón del exterior

La JCE dijo que documentó 136 casos, y sobre ellos informó que no encontró irregularidades citando diversas casuísticas. La información se originó luego que Fuerza del Pueblo le presentara esos 136 casos y la explicación que dio el órgano comicial señala que 92 de esos casos corresponden a cédulas no renovadas; 16 de electores menores de edad; 13 de fallecidos; 10 de electores debidamente empadronados; 4 con categoría militar y 1 de cédula cancelada.

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