Fuerza del Pueblo acusa al Canciller de RD de manipulación de la información | AlMomento.Net

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SANTO DOMINGO.- El Partido Fuerza Popular acusó este viernes al canciller Roberto Álvarez de mentir y manipular información para tratar de confundir a la población.

En un documento publicado por su Secretaría de Relaciones Internacionales, la organización dirigida por el expresidente Leonel Fernández, responde a recientes declaraciones del Ministro de Relaciones Exteriores sobre la gestión de gobierno que ha liderado.

EL DOCUMENTO

El texto del documento es el siguiente;

“En el artículo de opinión escrito por el Ministro de Relaciones Exteriores de la República Dominicana, Roberto Álvarez Gil, que circuló en la prensa nacional, lleno de desinformación y mala intención, con el objetivo de causar confusión en el ánimo de los ciudadanos dominicanos, demuestra la selectiva memoria del Ministro de Relaciones Exteriores que llegó al servicio exterior en 2005 luego de haber sido designado embajador ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), del cual es necesario señalar algunas omisiones deliberadas y mal calculadas.

Vamos a ver:

1. Los períodos de gobierno de los años 2012-2016 y 2016-2020 no formaron parte de la gestión del expresidente Leonel Fernández, por lo que las cifras y acciones correspondientes a estas administraciones no corresponden al líder de la Fuerza Popular (FP). ). Lo cual es una de las tantas apropiaciones indebidas de la verdad histórica que comete el alto funcionario en el citado escrito.

2. Según el artículo, los principales parámetros internacionales utilizados para el proyecto de ley derivan de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas (Convención de Palermo, Italia) y sus protocolos contra la trata de personas. y tráfico de migrantes, adoptado por las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2000 y ratificado por el gobierno dominicano en 2006 y 2007.

Sin embargo, la resolución 492-06 en su artículo 6, numeral 3 emitida por el Congreso y firmada por Leonel Fernández, establece que “el Estado examinará la posibilidad de aplicar medidas tendientes a asegurar la rehabilitación física, psicológica y social de las víctimas de trata de personas” y el artículo 8 establece el derecho a la repatriación; el plan del gobierno no se limita a “considerar” o condicionar “la posibilidad” sino que es imperativo en cuanto a la imposibilidad de deportar a estos ciudadanos a menos que ellos mismos decidan de acuerdo con el apartado 1 y el principio rector número 16 del proyecto de ley retirado por presión popular.

3. Otra tergiversación del oficialismo es la acusación contra Fernández de mezclar los términos legales de inmigración y refugio. Por ello, les recordamos que el proyecto de ley repudiado en el artículo 2.5 dice: “Persona sujeta al tráfico ilícito de migrantes: son aquellas que voluntariamente pactan con una o más personas, o un grupo delictivo organizado, entrar o salir del país en forma de manera irregular, violando las normas de inmigración a cambio de dinero u otros beneficios. Esta falta de diferenciación entre el migrante irregular o ilegal y la víctima de trata corre el riesgo de transformar a todos los migrantes ilegales en víctimas de trata, obligando al Estado dominicano a no ejercer su derecho soberano de deportar a quienes se encuentran en situación irregular en su territorio. .

Asimismo, el fallido proyecto del pasado obligaría al Estado a otorgarles las atenciones previstas en los artículos 63 a 71 de dicho proyecto: educación, salud, vivienda, nueva identidad, ayuda para la obtención de empleo, permiso de residencia, posibilidad de traer el patria a sus familias, entre otras concesiones inadmisibles.

4. De igual forma, otra contradicción en la que incurre el señor Álvarez es acusar al expresidente Leonel Fernández de atentar contra los derechos fundamentales de las mujeres y niñas en su artículo mencionado, pero al inicio del mismo se refiere a la ratificación de la “Convención de Palermo” y su protocolos

5. Por las manipulaciones retorcidas del alto funcionario, es obvio mencionar el procedimiento para la adopción de tratados internacionales que, una vez firmados por el gobierno de turno, deben ser ratificados por el Congreso Nacional y luego presentados por el ejecutivo. Sucursal frente a la organización correspondiente. . Por ello, el 22 de diciembre de 2006, el gobierno de Leonel Fernández se encargó de expedir la Resolución 492-06 que adoptó el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños.

Del mismo modo, se refiere y – asume – el “Principio de No Devolución” como norma firmemente asentada en el Derecho Internacional Público y que nuestras autoridades siempre han respetado. El Canciller “olvida” que este principio no puede poner en peligro la soberanía e integridad territorial de ningún Estado. Ello, sin embargo, sin perjuicio de la protección que debe ofrecer el Estado de acogida cuando la repatriación pueda poner en peligro la integridad y la vida de la víctima o cuando corra el riesgo de ser perseguida, incluida la interceptación, el rechazo en la frontera, el retorno indirecto en caso de refugiados o asilo, ya sea por afluencia masiva, guerra, desastre natural o cualquier evento que afecte a grupos humanos, porque para cada Estado lo esencial es seguir existiendo.

6. Dada la compleja situación geopolítica entre la República Dominicana y la República de Haití, que plantea una realidad singular, el proyecto de ley retirado por demanda popular, muestra el desconocimiento del gobierno en temas geopolíticos, desconocimiento de la realidad haitiana y busca utilizar el tema para unificar al pueblo dominicano en torno a falsas narrativas que buscan ocultar el fracaso de esta administración para obtener ventajas electorales.



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