Los caballos del ternero, resonaron a lomos por la falta de regulación


A partir de las horas de la mañana es el notario de la cantidad de pistas de caballos lo cual se dispersa en las convocatorias de Santo Domingo Este, donde sus ataques a las distinciones antisociales, anteceden a la indiferencia e inacción de las autoridades correspondientes.

Los caninos están expuestos a todo tipo de tortura y desnutrición sin tener que preocuparse por su bienestar, pero existen 248-12 protecciones de los derechos de los animales.

Esta señal normativa en su artículo 4 establece: “Es deber del Estado velar por el derecho a la vida de los animales y de su gente y protegerse contra la desesperanza, la irresponsabilidad, la depravación, el abandono, el maltrato y la crueldad. que en algún momento, prohijande la salud de la especie y su hábitat por República Dominicana solo queda plasmado en simples hojas y líneas”, establece el artículo 4, de dicha ley.

Ante esto surge la interrogante: ¿qué hace Dominicúpana para cuidar sus perros collejeros?
Si el artículo 8 de los artículos 248-12 establece la obligación del Estado, con el auspicio del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de crear programas de evacuación de animales, llama la atención que existe un aumento constante en el gasto canino.

En los últimos meses, la incidencia de animales desnutridos por individuos antisociales se ha incrementado en muchas facetas, una de ellas, los discursos sociales, la violencia y la crueldad se han gastado sobre las mismas personas.

Canine hostels like Quisqueya in development inc, presidido por Myrian Rodríguez Scott y SOS Albergue Foundation, con Darío Andújar dichos albergues han hecho esfuerzos para rescatar a los perros de las calles. Sin embargo, los números son muy altos.

Ya no es «perro callejero»

Desde 1994, la Organización Panamericana de la Salud cambió el título de perr llamador a “irresponsable debido per cápita” debatiendo que la mayoría de los canónigos están abandonados por sus cuotas, muchos de los cuales cambian de residencia.

No existe un plan con carácter de emergencia que establezca un control sobre el aumento de la publicidad de las tarimas populares, las viviendas en las calles y las avenidas sin las cuales las autoridades correspondientes no tienen interés en respetarlas.



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