El gobierno no respetó la independencia e imparcialidad judicial, según informe anual del departamento de Estado


Santo Domingo.- Según informe anual del departamento de Estado el gobierno no respetó la independencia e imparcialidad judicial.
Según detalla intérpretes o testigos no comparecieron o no fueron llamados oficialmente por el tribunal para comparecer. A pesar de que la ley protege a los acusados, en algunos casos las autoridades retuvieron a los reclusos más allá de los plazos legales, incluso cuando no había cargos formales en su contra.
La influencia indebida en las decisiones judiciales fue generalizada. Las interferencias iban desde el enjuiciamiento selectivo hasta la desestimación de casos en medio de acusaciones de soborno o presión política indebida.
El poder judicial desestimaba habitualmente casos de corrupción de alto nivel. La ONDP informó de que la forma más frecuente de interferencia con las órdenes judiciales se producía cuando las autoridades se negaban a aceptar mandatos de habeas corpus para liberar a los detenidos.
La corrupción del poder judicial fue un problema grave.
Procedimientos judiciales
La ley establece el derecho a la defensa en un juicio justo y público; sin embargo, el poder judicial no siempre hizo valer este derecho. En ocasiones, los tribunales superaron el plazo máximo establecido por la ley para fijar las fechas de las audiencias.
La ley establece la presunción de inocencia. La Fiscalía está obligada a notificar los cargos penales a los acusados y a sus abogados.
Los acusados tienen derecho a estar presentes en su juicio y a consultar con un abogado en el momento oportuno. Los indigentes tienen derecho a un defensor público, pero el director de la ONDP declaró que el número de defensores públicos era insuficiente.
Los acusados tienen derecho a disponer de tiempo e instalaciones adecuadas para preparar su defensa. La ley prevé la libre interpretación en caso necesario. La ley prevé el derecho a confrontar o interrogar a los testigos y el derecho a no auto inculparse.
Los acusados tienen derecho a presentar sus propios testigos y pruebas. La Constitución prevé el derecho de apelación y prohíbe a los tribunales superiores aumentar las sentencias de los tribunales inferiores.



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