Violencia de género: Migraciones intenta proteger a las mujeres extranjeras maltratadas de la expulsión | España

los Ministerio de Migraciones Este jueves envió una instrucción a las oficinas de inmigración para proteger a las mujeres inmigrantes maltratadas cuyo permiso de residencia está sujeto a que su marido resida legalmente en España. El artículo 31 bis de la Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería ya garantizaba una autorización para mantener dicho permiso a las mujeres inmigrantes que denuncien a sus cónyuges por violencia de género. Sin embargo, aunque el precepto afectó a todas ellas “sea cual sea su situación administrativa”, la instrucción a la que ha tenido acceso EL PAÍS asegura que, en ocasiones, solo ha protegido a “las que se encuentran en situación irregular”, dejando a las mujeres sin protección. que tienen un permiso de residencia y exponen a perder su permiso de residencia si se separan de sus maridos. El Ministerio asegura que la interpretación de la ley «ha dado lugar a situaciones indeseables y no deseadas» que «es necesario corregir».

En 2011, el gobierno socialista modificó la Ley de Extranjería. Entre los objetivos de la reforma, estaba el incentivar a las mujeres extranjeras en situación irregular que habían sido maltratadas por sus cónyuges a denunciar. Según el texto distribuido a las oficinas de inmigración, se entendió que «la posible apertura de un procedimiento administrativo que podría terminar en expulsión» era «un obstáculo» para que las víctimas denunciaran a sus agresores. por lo tanto, el ley Señala que «si cuando se denuncia una situación de violencia de género contra una mujer extranjera se revela su situación irregular, no se inicia el expediente administrativo» que derivaría en su expulsión.

Sin embargo, el Ministerio de Migración afirma en su misiva que «se han encontrado divergencias interpretativas» para otorgar autorización a mujeres con documentación adecuada. En concreto, supone una situación de especial vulnerabilidad para quienes han obtenido la regularidad de que sus maridos tengan permiso de residencia -por ejemplo, porque son europeos o porque tienen un trabajo- porque, al separarse de su agresor, pueden volverse irregulares y que se abra un caso de expulsión.

El portavoz secretario de Extranjeristas en Red, Franscisco Solans, considera «buena» la instrucción impartida este jueves por el Ministerio de Migración. Relata que ha tenido casos de mujeres maltratadas por sus maridos quienes solicitaron autorización excepcional como víctimas de violencia machista y «les fue negada porque les dijeron que en ese momento denunciaron que ya no eran irregulares». Además, la Defensoría del Pueblo en abril pasado, ya trasladó la existencia de este problema de interpretación de la ley a la Secretaría de Migración. La instrucción enviada a las oficinas de inmigración señala, precisamente, que «en ningún momento la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, ni el Reglamento de Migración establecen como requisito imprescindible que las mujeres extranjeras se encuentren en situación irregular».

Sin embargo, Solans señala que este texto regula algo que «ya se debería estar cumpliendo» y es producto de llevar «30 años interpretando las normas contra el migrante». Y critica que esto refleja «un problema fundamental». La abogada señala que, como también solicitó la Defensoría del Pueblo, esta protección a las mujeres que han sufrido violencia machista debe extenderse a todas las víctimas de algún delito, como robo o agresión. «Que cuando va a pedir ayuda al Estado, no se encuentra con su ataque».



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