La paridad es el primer paso hacia la igualdad real en Chile | Internacional


Varias mujeres acuden a un colegio electoral el 15 de mayo, en Santiago (Chile).Elvis González / EFE

La aprobación de una Convención Constitucional conjunta es una innovación política clave en el Chile post-transicional. Es porque hasta ahora en el mundo no se ha hecho ningún cambio constitucional a través de un cuerpo deliberativo conjunto, y porque las luchas por la igualdad política de las mujeres en Chile han sido intensas, pero con resultados esquivos y lentos. Según el censo de 2017, el 51,6% de la población del país son mujeres. Sin embargo, en 2018 las mujeres representaban solo el 26% del poder político, el 9% del poder económico, el 24% del poder simbólico y el 27% del poder social. La primera ley de cuotas en Chile fue aprobada en 2015, durante el segundo mandato de Michelle Bachelet. Esto permitió que la representación de mujeres en el Congreso pasara del 13% en 2009 al 23% en 2018.

Este largo camino, que sin duda ha sido más tortuoso y difícil que el propio proceso democratizador en Chile, abre con paridad una coyuntura de inclusión que puede significar no solo una representación equitativa en la Convención Constitucional, sino que también puede cambiar la agenda política a favor de derechos de las mujeres y la no discriminación, y de paso, profundizar la democracia política y social en nuestro país.

Más información

¿Una mayor representación de las mujeres implica un cambio sustancial en la agenda pública en materia de derechos, igualdad y no discriminación de las mujeres? Esta pregunta motivó la investigación que llevamos a cabo junto con Lucía Miranda y Carolina Meza en el Observatorio Nueva Constitución. Analizamos los perfiles de las candidaturas y sus propuestas programáticas, y diferenciamos las propuestas pro mujer y feministas, para identificar cuál de ellas predomina a la hora de iniciar el debate constitucional.

La diferencia entre este tipo de demandas (pro-mujer versus feminista) se traduce en la distinción que hace Maxine Molyneux entre intereses prácticos e intereses estratégicos. Los intereses prácticos surgen de las condiciones concretas de la mujer y su posición en la división sexual del trabajo. Están formulados por mujeres que se posicionan ellas mismas de manera subordinada como respuesta a una necesidad percibida, pero no necesariamente abogan por la igualdad o la autonomía de sus pares masculinos. Mientras que los intereses estratégicos se derivan en primera instancia del análisis de la subordinación de las mujeres y la reformulación de una implementación alternativa y más satisfactoria de los acuerdos que existen para superar dicha subordinación.

Al analizar las candidaturas, Observamos que el promedio de candidaturas a nivel nacional que apoyaron propuestas feministas o pro-mujeres fue del 63%. Algunas de las propuestas feministas implican un requisito de que el período postnatal sea compartido entre el padre y la madre (por el mismo período de tiempo), una garantía de igual remuneración por el mismo tipo de trabajo (ya sea realizado por un hombre o una mujer). ), o paridad en todo tipo de cargos a nivel público o privado. Las propuestas promujer, por su parte, hacían referencia sobre todo a la aplicación de acciones afirmativas (como las cuotas) para que las mujeres equipararan progresivamente su incorporación a los puestos de decisión en relación a sus pares masculinos.

Únete ahora a EL PAÍS para seguir todas las novedades y leer sin límites

Suscríbete aquí

Al analizar las propuestas de los 155 electos, considerando los criterios de autonomía de las mujeres en sus tres dimensiones (toma de decisiones, económica y física), identificamos demandas feministas y pro-mujer. Entre los tres tipos de autonomías, las propuestas relacionadas con la autonomía en la toma de decisiones fueron las que surgieron con mayor frecuencia; de hecho, el 56,8% de los electores los apoya. Mientras que las propuestas de autonomía física son apoyadas en un 49,7% y las propuestas de autonomía económica solo alcanzan el 28,4%.

En un escenario inicial del debate constitucional, a partir de las propuestas, observamos que en general los constituyentes priorizan los derechos políticos de las mujeres sobre los derechos económicos y los derechos físicos en materia sexual y reproductiva sobre la protección y / o eliminación. de violencia de género. Además, las mujeres constituyentes son las que apoyan en mayor proporción las autonomías de las mujeres.

Una Convención Constitucional conjunta es solo el primer paso en un cambio sustancial para las mujeres en Chile. Los acuerdos deben ser integrales y la regla para aprobar cada uno de los contenidos constitucionales es 2/3 de los convencionales en ejercicio. Si queremos avanzar en la igualdad real y la no discriminación de las mujeres, también es importante que la nueva Constitución incorpore efectivamente una perspectiva de género y una mirada igualitaria a los derechos de las mujeres. Ese es el camino que estamos recorriendo.

Pamela figueroa Tiene un doctorado en Estudios Políticos y Sociales (IDEA-USACH) y miembro de la Junta Técnica del proceso constituyente en Chile (2019).

Suscríbete aquí para Boletin informativo de EL PAÍS América y reciba todas las claves informativas de la situación actual de la región.



Fuente