Guía útil para circular por el nuevo Madrid Central: ¿qué cambios? ¿Qué pasa con las nuevas multas? | Madrid


Adiós al Madrid Central. El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este lunes la nueva ordenanza de movilidad de la capital de España, que deroga la anterior, de Manuela Carmena. El PP, con 15 concejales, y Ciudadanos, con 11, han conseguido hacer cumplir la normativa gracias a los cuatro votos del Grupo Mixto. La semana pasada, cuatro concejales de Más Madrid abandonaron oficialmente esta formación por discrepancias con la portavoz, Rita Maestre. Siete días después, estos cuatro concejales han votado a favor de la ordenanza José Luis Martínez-Almeida. los popularSí, han aceptado 27 de las 29 enmiendas de estos cuatro concejales descarriados. Más Madrid, con 15 concejales; PSOE, con ocho y Vox, con cuatro, han votado en contra. Y ahora, ¿qué cambia para los madrileños?:

¿Desaparece entonces el Madrid Central?

Madrid Central seguirá siendo Centro de Madrid, pero los logotipos y las marquesinas que lleven ese nombre serán borrados de las calles. La restricción al tráfico en la almendra central de la capital de España seguirá siendo la propuesta por Manuela Carmena (ahora Madrid). Ni un milímetro más, ni un milímetro menos. Tras la aprobación de esta nueva ordenanza de movilidad, PP y Ciudadanos han decidido nombrar estos 4,7 kilómetros del centro del Distrito Central capitalino. Es decir, en los próximos días se borrarán las marquesinas y las pinturas asfálticas blancas y tendrán este nuevo nombre. El coste ascenderá a 185.000 euros para las arcas del Ayuntamiento.

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¿Qué cambia con respecto al reglamento anterior?

Básicamente dos cosas. Con Madrid Central, se prohibió la entrada a los comerciantes del centro de la ciudad que tuvieran coches sin etiqueta medioambiental, conocidos como vehículos A. El área de movilidad del Ayuntamiento cree que esta medida afectó a unos 15.000 usuarios. Pues bien, con la nueva ordenanza, ahora entrarán más vehículos que antes porque estos ciudadanos podrán acceder a la zona de bajas emisiones con hasta tres vehículos por localidad, independientemente de la etiqueta que tengan. El otro punto que también varía es para aquellos camiones que pesen más de 3.5 toneladas, que tenían prohibido conducir desde el 1 de enero de 2022 y ahora esta prohibición se extiende por un año más, hasta el 1 de enero de 2023. Además, el tiempo de reservaciones para La carga y descarga de cualquier vehículo de carga también se incrementa de 30 a 45 minutos.

Bien, pero ¿cuándo entrará en vigor la nueva Zona de Baja Emisión del Distrito Centro?

El calendario legal de esta nueva ordenanza entra ahora en un laberinto de fechas. Tras su aprobación en pleno de la tarde del lunes, el Ayuntamiento tiene que publicarlo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) para oficializarlo. Fuentes del área de movilidad calculan que, si todo va según lo previsto, se publicará en el BOAM bien este viernes, o ya el lunes o martes de la semana que viene. Después de su publicación, ¿el reglamento entrará en vigor inmediatamente? Si, pero en partes. Desde el momento de su publicación, a aquellos coches que no dispongan de etiqueta se les prohibirá el acceso, como se ha hecho hasta ahora. Sin embargo, solo los agentes de movilidad pueden multar a los ciudadanos. Las cámaras, como sucedió con el ya desaparecido Madrid Central, comenzarán a multar dos meses después de su aprobación. Si todo va según lo planeado, la nueva área de restricción de tráfico estará operativa y sancionada a plena capacidad en la tercera semana de noviembre. ¿Qué pasa con los comerciantes? Que deberán ponerse en contacto con el Ayuntamiento para agilizar los trámites que les permitan acceder con sus vehículos.

¿Hay algo nuevo con las motocicletas?

Si. La idea de Almeida era extender la circulación de motos por el Distrito Central hasta las 23.00 horas., una hora más que hasta ahora, 22.00 horas. En definitiva, esta medida no se llevará a cabo. Otro punto que varía con las motos es el aparcamiento. Siempre debe estacionarse en las áreas habilitadas para este tipo de vehículos. ¿Y si no existen? En el espacio no reservado de la franja de estacionamiento, de forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de dos metros, para que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso de la acera a la calzada.

¿Cómo sé qué etiqueta tiene mi coche?

El sistema de etiquetado ambiental es nacional. Hay cinco categorías y solo las cuatro más limpias tienen insignias. Para conocer la categoría medioambiental de un vehículo, puede consultar la web de la DGT (www.dgt.es). Los automóviles de gasolina matriculados antes de 2000 y los diésel antes de 2006 no tienen etiqueta y se denominan A. La etiqueta B corresponde a los automóviles de gasolina de 2000 a 2006 y a los automóviles diésel de 2006 a 2013. C, para gasolina después de 2006 y diésel después de 2014. Eco: híbridos en general. Zero: eléctrico o híbrido con una autonomía de más de 40 kilómetros. La pegatina debe estar siempre en la ventana delantera.

¿Qué tengo que saber si mi coche es A?

Que sus días están contados. Si vives fuera de Madrid, a partir del 1 de enero de 2022 también estará prohibido el acceso y circulación dentro de la M-30. Ya en 2023, estos mismos coches de aquellos ciudadanos que no viven en Madrid tampoco podrán circular por la M-30. Y en enero de 2024, ningún vehículo A de fuera de Madrid podrá circular por el municipio. La medida cambia de repente en 2025 y sí afecta a los madrileños. Aquellos madrileños que dispongan de coches con distintivo A y, por tanto, no puedan llevar pegatinas medioambientales, no podrán circular por la ciudad con estos coches.

¿Qué más varía? Zona y velocidad de Plaza Elíptica.

Esta área, 15 veces más pequeño que el Distrito CentralTambién tendrá una zona de bajas emisiones. Las 17 calles que engloban esta esquina del sur de Madrid, y una de las más contaminantes, tendrán el acceso restringido a los vehículos que no tengan rotulación tres meses después de la publicación de la ordenanza en el BOAM. Es decir, ya en diciembre. A partir de ese momento, los agentes de movilidad podrán sancionar los vehículos. Los vecinos podrán circular sin restricciones en las 30 hectáreas afectadas (0,3 kilómetros cuadrados).

La nueva ordenanza también incluye reducir la velocidad de los vehículos a 20 km / h en entornos escolares. Esto solo afectará durante los tramos de siete a nueve de la mañana y de tres a cinco de la tarde. En cambio, en esas calles de un solo sentido hay que circular a 20 km / h siempre que haya bolardos en las aceras. De lo contrario, a 15 km / h.

Tengo un amigo que vive en el Distrito Central, ¿puede invitarme a visitarlo en auto?

Sí, las regulaciones seguirán siendo exactamente las mismas que antes. Los vecinos que residan en la zona centro dispondrán de hasta 20 invitaciones mensuales para vehículos, que podrán acceder a Madrid Central para aparcar en la calle durante un máximo de dos horas (o sin límite en el garaje de algún familiar cercano). Por supuesto, no será posible dar acceso a aquellos vehículos que no cuenten con etiqueta medioambiental. El resto se autorizará sin ningún problema. Puedes consultar cómo procesar estas invitaciones, aquí.

¿Cómo se solicitan las invitaciones?

Como antes. Solicitar invitaciones al Distrito Central es un proceso que consta de dos pasos: primero hay que acudir a una oficina municipal, por ejemplo, en Atocha, 70; Moncloa, 1; Paseo de la Chopera, 10 y Monte Oliveti, 14— con el DNI para que un funcionario verifique que la persona está empadronada en el área comprendida en el Distrito Central. Una vez hecho esto, el Ayuntamiento entrega a la persona un código de identificación. Este código se utiliza para invitar hasta 20 personas motorizadas por mes. Este trámite se puede realizar por teléfono (llamando al 010), o a través de la web municipal. Una vez que entran, los huéspedes pueden aparcar durante dos horas en la zona SER o todo el día en un aparcamiento público. En cualquier caso, no se permitirá el ingreso de vehículos invitados sin etiqueta ambiental.

¿Cuál es el monto de las multas?

Las multas no han cambiado. El edil de Movilidad, Borja Carabante, ha explicado que quienes incumplan la norma serán sancionados con una infracción leve: una multa de 90 euros (45 si se pagan dentro de los 20 días naturales). Es la misma cantidad que ya se aplica en Embajadores, Las Letras, Cortes y Ópera, las Áreas Residenciales Prioritarias que llevan años en funcionamiento (la primera data de 2004).

¿Por qué se aprobó una nueva ordenanza si ya existía una?

Todo se precipitó repentinamente el 11 de mayo. Ese día, el Tribunal Supremo dejó en el aire Madrid Central al aceptar los argumentos de una denuncia que interpuso el PP en 2018, donde también criticó a Madrid Central por no haberse tramitado debidamente esta zona de bajas emisiones. El principal argumento fue que Carmena no tuvo en cuenta los 11,7 millones de impacto económico que, se estimó, tendría esta restricción en las cuentas del Ayuntamiento. Tres años después, la sentencia le ha dado la razón al PP, que lo ha pillado al mando de la ciudad y con los preparativos de su nueva normativa en ciernes. La decisión de la Corte Suprema ha precipitado repentinamente la aprobación inmediata de esta nueva ordenanza. Además, tras la aprobación de la ley de cambio climático, todas las ciudades con más de 50.000 habitantes deben tener una zona de bajas emisiones antes de 2023.

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