El TJUE condena a España a pagar una multa millonaria por deficiencias en el plan de depuración de aguas residuales

SERVIMEDIA

  • Deberá pagar 12 millones de euros por retrasarse en la adecuación de la normativa europea a los sistemas de depuración en distintos municipios del país.
  • Las deficiencias se han localizado en 17 municipios.

Depuradora de aguas

El Tribunal de Justicia de la UE condenó este miércoles a España a una multa millonaria por no tratar adecuadamente las aguas residuales de 17 aglomeraciones urbanas de más de 15.000 habitantes, concretamente 12 millones de euros a tanto alzado y una multa coercitiva de 11 millones por cada semestre de retraso al incumplir una sentencia de 2011.

La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la UE se produce a instancias de la Comisión Europea por incumplimiento de la directiva comunitaria que tiene como objetivo proteger el medio ambiente contra un deterioro ocasionado por el vertido de aguas urbanas residuales (domésticas e industriales).

La directiva establece que los Estados miembro deberán velar por que todas las aglomeraciones con un equivalente habitante superior a 15.000 estén dotadas de sistemas colectores de las aguas residuales urbanas a más tardar el 31 de diciembre de 2000.

Además, las aguas urbanas procedentes de esas aglomeraciones deberán, antes de ser vertidas, ser objeto de un tratamiento secundario o equivalente. Al considerar que varias aglomeraciones españolas con un equivalente habitante superior a 15.000 habitantes no estaban equipadas ni con sistemas colectores de aguas residuales urbanas ni con sistemas de tratamiento de las aguas residuales urbanas, la Comisión Europea interpuso en 2010 un recurso por incumplimiento contra España ante el Tribunal de Justicia de la UE.

Este órgano judicial emitió una sentencia el 14 de abril de 2011 por la cual declaró que España había incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud de la Directiva, dado que 6 y 37 aglomeraciones cuyo equivalente habitante era superior a 15.000 habitantes no estaban dotadas de sistemas colectores y de sistemas de tratamiento de las aguas residuales urbanas, respectivamente.

Al considerar que España aún no había ejecutado la sentencia de 2011 en 17 de las 43 aglomeraciones, la Comisión Europea decidió el año pasado interponer un nuevo recurso por incumplimiento contra dicho Estado miembro.

Los núcleos urbanos

Esos 17 núcleos urbanos con más de 15.000 habitantes, que aglutinan a alrededor de 1,4 millones de personas, son Matalascañas, Alhaurín el Grande, Isla Cristina, Tarifa, Coín, Estepona-San Pedro de Alcántara, Nerja y Barbate (Andalucía); Gijón Este (Asturias), Santiago de Compostela, Aguiño-Carreira-Ribeira y Vigo (Galicia); Benicarló, Peñíscola y Teulada-Moraira (Comunidad Valenciana); noreste de Valle de Guerra y Valle de Güímar (Canarias).

El Ejecutivo comunitario solicitó al Tribunal de Justicia que condene a España a abonar una multa coercitiva por un importe de 171.217 euros por cada día de retraso en la ejecución de la sentencia de 2011 y una cantidad a tanto alzado de 19.303 euros por cada día de retraso entre la fecha en que se dictó la sentencia de 2011 y su completa ejecución.

El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó este miércoles que España ha incumplido su obligación de cumplir la sentencia de 2011, en la medida en que, al finalizar el plazo fijado por la Comisión para la ejecución de dicha sentencia (el 31 de julio de 2013), 17 de las 43 aglomeraciones urbanas seguían sin disponer de sistemas colectores y de tratamiento de las aguas residuales urbanas.

Por la razón expuesta, el Tribunal de Justicia estima pertinente imponer a España sanciones pecuniarias, en forma de una multa coercitiva (por la inexistencia de sistemas colectores o de tratamiento de las aguas residuales urbanas o la insuficiencia de los mismos) y de una suma a tanto alzado (por el número de núcleos urbanos en cuestión y los procedimientos incoados).

Por consiguiente, el Tribunal de Justicia consideró oportuno condenar a España a abonar al presupuesto de la UE una suma a tanto alzado de 12 millones de euros, así como una multa coercitiva de 10,95 millones de euros por cada semestre de retraso en la aplicación de las medidas necesarias para cumplir sentencia de 2011. La multa coercitiva deberá abonarse a partir de este miércoles y hasta la plena ejecución de la resolución de 2011.

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