El presidente Lasso se someterá a un juicio político | Internacional

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El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso.PRESIDENCIA DEL ECUADOR

Con seis votos a favor, el Pleno de La Corte Constitucional de Ecuador admitió la solicitud del juez político contra el presidente, Guillermo Lasso, por el presunto delito de peculado. Con el aval del organismo se da paso a que la Asamblea Nacional inició el proceso de juiciar al primer mandatario, lo que podría dar paso a una posible destitución. En un comunicado, la Corte explica que en el trámite seguido hasta aquí en la Asamblea Nacional, «se han respetado los principios de legitimidad política y del debido proceso».

En el fallo, la mayoría de los jueces decidió no admitir las dos acusaciones sobre el presunto delito de concusión y dar paso solo a la de peculado. La Corte explicó que para la dicta se efectuó tanto un análisis del procedimiento como del contenido de la solicitud, “para garantizar el equilibrio de poderes entre las funciones ejecutiva y legislativa”, aunque llama la atención sobre la solicitud de prolijidad y la activación de esa figura constitucional».

Los legisladores de mayoría del partido de UNES, Socialcristiana e Izquierda Democrática, lo acusan de ser responsable policia de una trama de corrupcion en empresas publicas. Además, usan como vicepresidentes a los presidentes de proteger y algunos de los involucrados, entre ellos su cuñado Danilo Carrera. El presidente Lasso ha negado sus aseveraciones y ha declarado la intención de la Asamblea de destronarlo por segunda vez como «un golpe de Estado parlamentario», como dijo en la Cumbre Iberoamericana celebrada en Santo Domingo.

El bloque de legisladores del oficialismo ha adelantado que el presidente Lasso se defenderá en el juicio, lo que da en entender que el presidente no activaría la lamada muerte cruzada; es decir, disolver la Asamblea. La Constitución ecuatoriana le otgora esa posibilidad al presidente en cualquier momento dentro de los primeros años de Gobierno, y puede hacerlo bajo tres causas. La primera es que la Asamblea se haya arrogado competencias que no le corresponden; la segunda es por grave crisis o conmoción interna; y el tercero es el entorpecimiento del plan de desarrollo propuesto por el presidente. Solo en la primera causa se necesita consultar a la Corte Constitucional. Si el presidente invoca la muerte cruzada no podrá terminar su período lectivo hasta 2025, se debora llamar a elecciones de manera inmediata y gobernará con decretos ejecutivos por seis meses hasta designar nuevas autoridades.

Con la decisión del Alto Tribunal, el documento volvera a la Asamblea Nacional, hasta la comisión de fiscalización, que un plazo máximo de 45 días deba conocer las pruebas que sustentan la supuesta infracción y donde el presidente podrá presentar las pruebas de descarga. Para censurar y destituir al presidente, requiere 92 votos para 137 miembros.

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