El movimiento #MeTooInceste revela miles de testimonios de incesto, un tabú que en España no se considera delito

«Tenía 10 años cuando el hermano de mi madre me violó. Su padre intentó violar a mi madre. Su hermano violó a mi prima de 12 años. Su otro hermano violó a su hija desde los 9 hasta los 15 años. Solo éste último cumplirá 3 años de prisión». Esta es solo una historia de las miles que se están compartiendo bajo el hashtag #MeTooInceste.  

Y es que el debate sobre el abuso sexual dentro del ámbito familiar está de máxima actualidad después de la creación en las redes sociales del Me Too Inceste en Francia. Miles y miles de personas están contando sus terribles y traumáticas experiencias. Historias de abusos que han marcado su vida para siempre. Historias que ponen el foco en un tema tabú en todas las culturas y países.

En Francia, -donde surgió este debate- cobró fuerza después de que la jurista Camille Kouchner, hijastra del politólogo Olivier Duhamel, le acusara de haber abusado sexualmente de su hermano mellizo, Antoine, cuando tenía 14 años. Este caso que afecta a la «élite intelectual» parisina transcendió a todos los niveles: más de 80.000 tuits con testimonios de víctimas que sufrieron abusos en el seno de la familia.

La campaña con el hashtag #MeTooInceste -que fue inspirada en el movimiento Me Too- fue iniciada el pasado fin de semana por Nous Toutes, una organización que lucha contra la violencia sexual en Francia. Por su parte, lo que hizo Kouchner fue revelar en su libro recién publicado,La familia grande, el abuso que sufrió su hermano. El éxito de esa obra ha provocado que muchas víctimas de incesto hayan volcado en las redes sus propios casos familiares bajo esa etiqueta.

Según una encuesta de Ipsos publicada en noviembre de 2020, casi uno de cada diez franceses habría sido víctima de incesto. Esto equivaldría a 6,7 millones de personas en Francia, un 10% de la población. Sin embargo, la legislación francesa es muy laxa con esta lacra.

¿Qué dice la legislación francesa sobre el incesto?

Hasta ahora, la Justicia francesa veía el abuso sexual en el ámbito familiar como una «circunstancia agravante» cuando se trata de menores de 15 años, no como delito.

Pero el Senado, tras el debate generado, aprobó por unanimidad una proposición de ley para proteger a los menores de 13 años de los abusos sexuales, que fija la noción de consentimiento en mayores de dicha edad. «Esta proposición de ley tiene por objeto crear un nuevo crimen sexual sobre menores de trece años, de forma que se incluya en el código penal una prohibición social clara para proteger a los jóvenes adolescentes de toda violencia sexual cometida por adultos«, explican los promotores de la ley.

Sin embargo, a varias asociaciones les parece insuficiente esta medida y piden que “todo acto sexual incestuoso cometido sobre un menor debe ser calificado como delito incestuoso y sancionado por la ley». Así lo reclamó la Asociación Internacional de Víctimas del Incesto (Face à inceste). Mientras, otras asociaciones de protección infantil presionan para que se aumente a 15 años.

El presidente Emmanuel Macron, por su parte, ha garantizado que cambiará la ley para «proteger mejor a los niños víctimas de incesto y de violencia sexual». «Es un tema complejo», reconoció.

¿Y la española?

En España, por ejemplo, el incesto no está tipificado como delito, aunque no está permitido el matrimonio civil entre adultos con vínculo familiar hasta el tercer grado colateral: un tío o tía no puede casarse con su sobrino o sobrina. Se trata de una legislación parecida a la que hay en la mayoría de los países europeos -incluido Francia. Sin embargo, en España el Código Penal presume que el consentimiento de los menores de 16 años no es válido. Por tanto, cualquier adulto que tenga contacto sexual con un menor de 16 años -da igual la circunstancia que sea- es delito, según una reforma del 2015.

El catedrático de Derecho Penal de la UOC, Josep María Tamarit, en una conversación con 20minutos señala que «enfocar el problema como incesto es incorrecto. «El problema no es el incesto, el problema es el abuso sexual», valora. 

«La mayor parte de abusos sexuales tienen un lugar en el entorno intrafamiliar»

En España, explica el catedrático, en el Código Penal, como la mayor parte de los códigos, «no hay una figura específica de incesto» y de lo que se habla es de abuso sexual en el ámbito familiar. Para la cual, añade, «hay una respuesta más que suficiente, incluso desproporcionada en algunos casos». «En el Código Penal español ha habido seis reformas de estos temas y cada una de ellas ha previsto penas superiores a la anterior».

«Si dos personas adultas que son, por ejemplo, hermanos deciden tener relaciones sexuales libremente, eso, en principio, no es un delito. Es algo que pertenece a normas de carácter cultural. Pero eso no es un tema que tenga que afectar las leyes penales«, agrega.

Los abusos a menores y sus penas

«El abuso sexual que se produce entre personas del entorno familiar es lo más habitual en el abuso sexual. O sea, la mayor parte de abusos sexuales tienen un lugar en el entorno intrafamiliar. Sobre todo cuando hablamos de abuso sexual de menores«, explica el catedrático.

Si el que comete el abuso sexual «es un ascendiente», -padres o otros familiares cercanos- y lo hace «abusando de la superioridad que le da esa relación de familiar y esa relación de confianza», es considerado como un agravante de la pena». «Siempre que el hecho sea considerado como un abuso, claro», explica Tamarit. 

En cuanto a las penas de cárcel por abusos sexuales, cuando se trata de personas de menos de 16 años son «mucho más graves». Sin embargo, su gravedad depende también de las circunstancias. «La pena puede ser de entrada de entre 2 a 6 años», añade.

Pero si hay «penetración o acceso carnal, las penas pueden ir de 8 a 12 años. Por otro lado, si además el hecho se ha cometido con «violencia o intimidación», las penas pueden llegar ser de entre 12 a 15 años -las mismas que las del homicidio. Estas penas, sostiene el catedrático, pueden agravarse «si el responsable se ha prevalido de la relación de superioridad o parentesco». 



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