Santo Domingo – representante político del gobernante partido revolucionario moderno La Comisión Central Electoral (PRM) de la Comisión Central Electoral (JCE) dijo el sábado que los partidos políticos adoptarán una posición conjunta sobre el veredicto del caso. Tribunal Constitucional (TC) prevé la inscripción de candidatos independientes para las próximas elecciones, ya que la decisión amenaza el sistema de partidos.
abogado Sigmund Freund Mena Insistió en que habían estado negociando con otros partidos, el principal partido de oposición y los partidos de oposición. Comisión Electoral Central (JCE), actuarán juntos en los próximos días y respetarán siempre la decisión del TC.
«Todas las partes con las que hemos hablado están unidas en sus preocupaciones sobre esta decisión», afirmó el Ministro de Administración Pública.
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Dijo que permitir candidatos independientes sin una regulación mínima era preocupante, por lo que el Congreso y la Comisión Electoral Conjunta deben intervenir para regularlos.
Tribunal Constitucional
El TC declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Constitución. Ley Orgánica del Sistema Electoral 20-23 y estableció un nuevo modelo de representación espontánea sin ningún requisito previo para los candidatos independientes presidenciales, parlamentarios y municipales.
El Tribunal Constitucional ha propuesto una nueva redacción del artículo 156 del reglamento que entrará en vigor el 17 de febrero de 2023, para adecuarlo a lo dispuesto en la Carta Magna.
Se procederá ahora a la lectura del artículo y podrán proponerse candidatos independientes de carácter nacional, provincial, municipal o regional. zona del paísson elegidos a través de ciudadanos o grupos de la sociedad civil durante el proceso electoral.
El TC establece que las agrupaciones civiles o sociales tienen carácter voluntario y no requieren ningún requisito de inscripción previa.
Insistió en que los partidos políticos estaban estrictamente regulados por el gobierno. Constitución de la República y el derecho de las partes.
Dijo que la decisión del TC interfirió con las facultades del poder legislativo, «lo cual es peligroso».
Dijo que los propios partidos políticos están consagrados en la Constitución y que el artículo 216 establece que los partidos políticos son vehículos de representación para representar a los ciudadanos en cargos electivos.
a pesar de Eddy Olivares, vicepresidente, PRM Se argumentó que el fallo del TC resultó en una legislación totalmente flexible y carecía de los estrictos requisitos para que candidatos independientes ocuparan cargos electos que eran necesarios para garantizar su seriedad y viabilidad.
El nombre correcto debe ser Candidato electoral, no Candidato independiente, como lo define muy claramente la Enciclopedia Electoral ACE.
«¿Quién es un candidato independientemente de quién decide presentarse a las elecciones fuera de un partido político? Por supuesto, de un partido político. Esta parece ser una respuesta lógica. Sin embargo, se trata simplemente de un candidato que aprovecha su derecho a registrarse según uno de los mecanismos previstos en la ley”
El párrafo 1 del artículo 156 estipula: “Los ciudadanos o grupos sociales antes mencionados que se propongan apoyar candidatos independientes de carácter nacional, provincial, municipal o de distrito nacional deberán declarar a la Comisión Electoral Central con antelación, al menos setenta – los cinco primeros ( 75) de cada elección) cielo.»
La nueva forma de redactar y leer el artículo 157 creada por el TC habla de los requisitos para candidatos presidenciales independientes.
“Para apoyar a un candidato independiente a la Presidencia de la República es necesario presentar a la Comisión Electoral Central una organización rectora y un plan de gobierno definido para el período de presentación”, agrega la sentencia TC/0788/. 2024.
El primer párrafo de esta disposición tiene en cuenta las calificaciones de los candidatos a los cargos de Senadores y Representantes. Congreso Nacional Deberán contar con el apoyo de los ciudadanos y grupos sociales antes mencionados, pero limitados a su respectivo ámbito electoral y nivel electoral correspondiente.
A continuación se indica que los candidatos a cargos municipales deberán presentar a la JCE una organización y planos municipales completos a ser completados dentro del plazo deseado por el candidato.
El TC establece que, en su apartado 3, se aplicarán a los candidatos independientes a que se refiere este artículo las disposiciones de esta Ley Orgánica del Sistema Electoral y de la Ley Orgánica de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos en materia de requisitos porcentuales. Un padrón electoral de un partido, grupo o movimiento político.
una nota
Decisión criticada
La decisión generó críticas de actores disidentes del sistema político, y los jueces José Alejandro Vargas y Army Ferreira argumentaron que el tribunal fue más allá de la regulación orgánica al incluir la candidatura independiente en sus facultades y precedente constitucional. El elemento especial de las elecciones se presenta en forma de ciudadanos y grupos sociales espontáneos. El juez Vargas afirmó que el TC “asumió la posición de legislador activo a través de controles constitucionales en su creación.