Procuraduría dice Conrado Pittaluga ayudó a Díaz Rúa a crear empresas para recibir sobornos

SANTO DOMINGO. La Procuraduría General de la República dice en el expediente del caso Odebrecht que el abogado Conrado Pittaluga Arzeno firmó contratos de servicios jurídicos de fachadas con la Constructora Norberto Odebrecht y constituir sociedades de carpeta en paraísos fiscales con cuentas donde esta empresa depositó pagos de sobornos dirigidos al exsecretario de Obras Públicas Víctor José Díaz Rúa.

En las pruebas presentadas por el procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, afirma, en la acusación, que las acciones de Pittaluga Arzeno ayudaron al imputado Díaz Rúa a consumar el delito de soborno durante su gestión como secretario de Obras Públicas (de 2017 a 2012).

“Los sobornos fueron pagados con el fin de incluir a la constructora Norberto Odebrecht en el contrato de Cesión y Enmienda a los contratos de construcción y financiamiento de la Autopista del Coral como al efecto sucedió.

“Las acciones de Conrado Pittaluga Arzeno se tipifican como violación a los artículos 59 y 60 del Código Penal y los artículos 2, 3 y 8 de la ley 448-06 Sobre Soborno en el Comercio y la Inversión que tipifica y sanciona la complicidad en soborno o cohecho de funcionario público”, dice la acusación.

Por estas acusaciones Pittaluga Arzeno es autor del delito de lavado de activos y enriquecimiento patrimonial derivado de actividad delictiva, porque realizó las conductas de ocultar el origen, naturaleza, ubicación y destino así como transferir su conducto al imputado Díaz Rúa.

Agrega el expediente acusatorio que “el imputado Pittaluga Arzeno asesoró y empleó sus conocimientos jurídicos como abogado con el propósito de eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones. A consecuencias de estas acciones Pittaluga Arzeno obtuvo incremento patrimonial para sí mismo y para su asociado Víctor Díaz Rúa”, dice el Ministerio Público.

Según la acusación Pittaluga violó los artículos 3, 4, 5, 8b, 18, 21 B y 26 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos.

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