Leyes alteran el plan electoral de la JCE en tiempo y presupuesto

Yanessi Espinal
Los miembros de la JCE trabajan a todo vapor contra el tiempo en la actualización del cronograma de trabajo y busca de recursos.

El organismo tendrá que elaborar un nuevo calendario por los cambios en Ley Electoral y falta el dinero de primarias

El plan electoral elaborado por la Junta Central Electoral para las elecciones generales municipales del 16 de febrero del 2020 y las presidenciales y congresuales del 17 de mayo de ese mismo año quedó afectado desde lo económico hasta el calendario de trabajo por los efectos de la Ley 33-18 sobre Partidos y la modificación a la Ley 275-97 del Régimen Electoral.

Esta última legislación, aprobada de urgencia en el Congreso, está pendiente de promulgación por el Poder Ejecutivo, una decisión que debe producirse a principio de esta semana, y si entra en vigencia, obliga a la JCE a revisar su plan de trabajo y de varios reglamentos de campaña elaborados en función de la Ley 275-97. Igualmente, las decisiones que adopte el Tribunal Constitucional sobre diez recursos de inconstitucionalidad contra la Ley de Partidos, podría seguir impactando el calendario de trabajo elaborado por el órgano electoral.

Si la modificación a la legislación 275-97 entra en vigencia, la JCE tendrá que elaborar un nuevo calendario de actividades para el montaje de las elecciones municipales y de las presidenciales y congresuales, pues el que presentó el 18 de septiembre del año pasado fue en función a lo que establece la Ley 275-97.

La nueva ley establece variaciones importantes en el calendario de la JCE, por ejemplo la proclama para las elecciones municipales estaba pautada para emitirla a más tardar el 18 de noviembre de este año en función de lo establecido por los artículos 6 y 87 de la Ley 275-97, de que debe emitirse a más tardar 90 días antes de las elecciones.

Sin embargo, la modificación aprobada por el Congreso en el artículo 65 señala que la proclama debe emitirse a más tardar 100 días antes de las elecciones, por lo que tendría que hacerse a más tardar el 8 de noviembre en lugar del 18.

Esa variación se ha convertido en un rompecabezas para los técnicos de la Dirección de Elecciones de la JCE, debido a que choca con los plazos legales establecidos en la Ley 33-18 para la inscripción de los candidatos.

Según el artículo 52 de esa Ley el límite para la inscripción de todos los candidatos es el 15 de noviembre, a más tardar 15 días laborables después de las asambleas y convenciones, por lo que la JCE tendría que emitir la proclama sin que se hayan definido todas las candidaturas.

Esa misma ley también pone como límite el 18 de noviembre para la definición del cumplimiento de las cuotas de 40% mínimo para hombres y mujeres y de 10% para los jóvenes. Es según el artículo 53 a más tardar 72 horas después de depositadas las candidaturas.

Según el calendario elaborado por la JCE el 3 de diciembre vence el plazo para depositar las propuestas de alianzas para las elecciones municipales, 75 días antes de las votaciones según el artículo 62 de la Ley 75-97, pero eso fue modificado para establecer que el depósito de esas propuestas debe hacerse 90 días antes de la cita, es decir, tendrá que hacerlo a más tardar el 18 de noviembre.

Otro artículo que genera dilema a la JCE es el 125, relativo de la Ley que modifica la Ley Electoral vigente, pues permite las alianzas entre partidos de nuevo reconocimiento, en contradicción con lo establecido en el numeral 12 del artículo 125 de la Ley 33-18, que prohíbe a los partidos de nuevo reconocimiento participar en alianzas.

Sobre ese punto, el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, ha señalado que “eso podría dar cabida a ambigüedades, más aún cuando recientemente la JCE externó su parecer en ese sentido a raíz de la solicitud de coalición que le hicieron dos partidos”.

La JCE rechazó una solicitud de coalición para las primarias que hicieron los partidos Alianza País y Opción Democrática para participar en las primarias del 6 de octubre, pero fue rechazada entre otras razones por lo establecido en el numeral 12 del artículo 25 de la Ley de Partidos. Esos partidos elevaron un recurso de revisión ante la JCE sobre la decisión del pleno que está pendiente de fallo.

Incierto tema recursos primarias

Respecto al impacto de la Ley de Partidos Políticos en el plan electoral de la JCE afecta las finanzas por la falta de mil 449 millones de pesos para el montaje de las primarias simultáneas de 5 partidos.

Para seguir tratando el tema, la JCE tendrá una nueva reunión con los representantes de los cinco partidos que harán primarias. En tanto, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Leonel Fernández, informó que el Comité Político se reunirá el 4 de marzo para abordar ese tema. El político es partidario de un diálogo que permita una salida consensuada al impasse generado la falta de recursos para las primarias.
El Partido Revolucionario Moderno (PRM), ha dicho que cubrirán los gastos, pero ha dejado claro que no sería ilegal que la JCE aporte recursos en “naturaleza y logística” y que además sus aportes serán en función de que sus primarias son cerradas.

Elecciones complejas por primarias

Los cambios que traen las leyes electorales llegaron tarde desde el punto de vista de la elaboración del calendario y plan electoral de la JCE que arrancó el 18 de septiembre del 2018. El actual proceso electoral es particularmente complejo para el montaje debido a que el país no tiene experiencia en hacer tres elecciones con pocos meses de diferencia, las primarias simultáneas, las elecciones muncipales y luego las presidenciales congresuales.