TJUE: el despido de un médico católico por casarse por lo civil en segundas nupcias puede ser discriminatorio

20MINUTOS.ES

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicta sentencia sobre un caso alemán.
  • Un médico jefe fue despedido de un hospital controlado por la Iglesia por casarse en segundas nupcias por lo civil.
  • Aunque la decisión será del juez alemán, el TJUE recuerda: la discriminación por religión en la UE está prohibida.

Médico

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que el despido de un médico católico alemán, por parte de la dirección de un hospital privado gestionado por la Iglesia, como consecuencia de sus segundas nupcias por lo civil puede constituir una discriminación por religión.

Así lo afirma en una sentencia adoptada este martes, que sin embargo deja en manos de los tribunales germanos la decisión final.

El médico, JQ, trabajaba como jefe de servicio de medicina interna en un centro que está controlado por el arzobispo católico de Colonia. Se casó una primera vez por la Iglesia, se divorció y se volvió a casar por lo civil, pero no anuló el primer matrimonio.

El hopital consideró que el profesional «había incumplido de modo agravado las obligaciones de lealtad que se derivaban de su contrato laboral» con arreglo al reglamento vigente en Alemamia respecto a las Relaciones Laborales dentro de la Iglesia.

Por su parte, el médico acudió a los tribunales al considerar que el despido no era procedente porque violaba «el principio de igualdad de trato», un principio contemplado en la legislación europea y, por ende, también en la nacional. No les ocurre lo mismo, argumentó, a aquellos trabajadores de religión protestante o sin religión.

La Constitución alemana, recuerda el tribunal, confiere autonomía «a las iglesias e instituciones vinculadas con iglesias, con ciertos límites, para administrar con libertad sus propios asuntos», aunque cree que casos como este, en el que se establecen diferencias entre católicos y no católicos, se tienen que poder resolver por la Justicia.

Así, el TJUE explica que será el tribunal germano que le ha presentado el dilema el que deba decidir si la religión es «un requisito profesional esencial, legítimo y justificado». Pero al mismo tiempo afirma que no parece el caso.

«La adhesión a la concepción del matrimonio que defiende la Iglesia Católica no parece necesaria para proclamar la ética» del hospital «cuando se tiene en cuenta la importancia» del trabajo del demandante, dice la sentencia. Y lo dice aún más claro: ni le parece una condición esencial que un médico respete el matrimonio canónico ni el despido le parece justificado.

El TJUE no puede exigir que se aplique directamente la directiva europea de igualdad de trato y refleja en su escrito que esto está sujeto a la transposición al Derecho nacional, pero también recuerda que si los tribunales no son capaces de aplicar la ley alemana con la interpretación correcta, deben tirar por el otro camino.

De esta forma, el el Tribunal considera que «la prohibición de cualquier discriminación basada en la religión o las convicciones tiene carácter imperativo como principio general de Derecho de la Unión» y, además, es algo que cualquier persona puede invocar si va a los tribunales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *