El Tribunal de la UE ratifica límites «menos exigentes» de emisiones del diésel en contra de Madrid y Bruselas

EFE

  • París, Madrid y Bruselas presentaron recursos contra esta decisión del Ejecutivo comunitario.
  • Defendían que la CE no podía adoptar límites de emisiones en 2016 menos exigentes que en 2007.

Episodio de alta contaminación en Madrid

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ratifica la decisión de la Comisión Europea de incrementar los límites máximos de emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) de vehículos diésel al fallar en contra del recurso presentado por Madrid, París y Bruselas, según adelanta la agencia AFP.

Bruselas definió en un reglamento aprobado en 2016 los límites de emisión de óxidos de nitrógeno que no debían superarse en los nuevos ensayos en condiciones reales de conducción (ensayos RDE) que deben superar los vehículos particulares y utilitarios ligeros.

El objetivo de estos ensayos es mejorar los resultados obtenidos en pruebas de laboratorio puesto que no reflejan el nivel verdadero de emisiones contaminantes que se registra en condiciones reales de conducción, así como evitar la utilización de dispositivos que manipulen dichos resultados.

Las ciudades de París, Madrid y Bruselas presentaron sendos recursos contra esta decisión del Ejecutivo comunitario ante el tribual de Luxemburgo. Defendían que la Comisión Europea no podría adoptar los nuevos límites de emisiones menos exigentes que los que establece la norma Euro 6, aprobada en 2007.

En concreto, el recurso presentado por el Ayuntamiento de Madrid 19 de julio de 2016 argumenta que el reglamento aprobado en 2016 crea un sistema de nuevos umbrales «al alza» y modifica «un elemento esencial» de un acto de base, por lo que Bruselas «violó las formas previstas para su adopción, incurriendo en un vicio sustancial de forma».

Sin embargo, el TUE ha fallado a favor de los nuevos límites de emisiones, por encima de los anteriores.

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